Condenados por ruido
Seis años de cárcel para los dueños de un pub de Valverde por contaminación acústica
Es Valverde (es noticia).- El local estaba destinado a bar restaurante, reconociendo los condenados que realmente era un pub de copas con música. (leer más)
Fuente Radio Europa Press
El juzgado de lo Penal número 3 de Huelva ha condenado a tres años y dos meses de prisión para los dos dueños de un pub de Valverde del Camino por un delito de contaminación acústica, más una multa de 3.800 euros para cada propietario, imponiéndole además una indemnización de 14.000 euros para los denunciantes por las lesiones causadas y secuelas que padecieron en los dos años en los que el pub se mantuvo abierto.
Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez considera probado que los denunciantes han sufrido desde el año 2008 en su domicilio, sito en la calle Doctor Marañón de Valverde del Camino, contaminación acústica con origen en el interior del citado pub, el cual hacía un uso indebido del limitador de sonido, sin que los condenados, pese a tener conocimiento de las quejas de los vecinos y de la circunstancias descrita, hicieran ninguna actuación tendente a poner fin a esta situación.
Ante esta situación, que impedía el descanso nocturno de los denunciantes, produciendo en ellos una situación de graves trastornos somáticos y psíquicos para cuya sanidad han requerido de tratamiento médico, estas personas presentaron numerosas denuncias ante el Ayuntamiento y la Policía Local. De hecho, por auto del 23 de mayo de 2010 dictado por un juzgado de Valverde se acordó como medida cautelar le cierre del establecimiento.
De la documental aportada a los autos así como de las manifestaciones de los condenados y testigos, se acredita que a partir de marzo de 2008 se abrió este pub, así como que los condenados firmaron un contrato en el que se establecía que el inmueble arrendado sería destinado a la actividad de bar restaurante, reconociendo estos que lo que abrieron era un pub de copas con música.
De las pruebas practicadas queda asimismo acreditado que en el transcurso de la actividad del citado establecimiento, los vecinos, y en concreto los denunciantes, efectuaron numerosas quejas, cuyo objeto era el excesivo ruido que tenían que soportar durante la noche por la actividad del pub, a la Policía Local, al Ayuntamiento y a la Consejería de Medio Ambiente, la cual, ante la inactividad del Ayuntamiento efectuó una primera medición en julio y agosto de 2008, siendo esta desfavorable, al igual que las siguientes que se realizaron.
A su vez, de las periciales practicadas en el acto del juicio se acredita de manera objetiva que el dormitorio de los perjudicados colinda con el pub y el mismo sufría un índice de ruidos superior a lo establecido por la legislación vigente en el momento.
Por último queda asimismo aprobado que estas emisiones de ruidos prolongadas en el tiempo que tuvieron que soportar estas dos personas provocaron un riesgo grave para su salud, llegando a provocar lesiones psíquicas objetivables según consta en la documental médica, constatándose que ambos perjudicados sufrieron un trastorno adaptativo mixto afirmando con rotundidad la médico forense en el acto del juicio que existía una relación de causalidad entre el cuadro clínico presentado por los pacientes y su exposición prolongada al ruido. No osbtante, la sentencia no es firme y cabe recurso.
Por su parte, el Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito medioambiental, de contaminación acústica, y solicitó para los acusados tres años y nueve meses de prisión, más una multa de casi 7.000 euros para cada uno, así como una indemnización de 10.000 para cada afectado. (volver a página principal)
El juzgado de lo Penal número 3 de Huelva ha condenado a tres años y dos meses de prisión para los dos dueños de un pub de Valverde del Camino por un delito de contaminación acústica, más una multa de 3.800 euros para cada propietario, imponiéndole además una indemnización de 14.000 euros para los denunciantes por las lesiones causadas y secuelas que padecieron en los dos años en los que el pub se mantuvo abierto.
Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez considera probado que los denunciantes han sufrido desde el año 2008 en su domicilio, sito en la calle Doctor Marañón de Valverde del Camino, contaminación acústica con origen en el interior del citado pub, el cual hacía un uso indebido del limitador de sonido, sin que los condenados, pese a tener conocimiento de las quejas de los vecinos y de la circunstancias descrita, hicieran ninguna actuación tendente a poner fin a esta situación.
Ante esta situación, que impedía el descanso nocturno de los denunciantes, produciendo en ellos una situación de graves trastornos somáticos y psíquicos para cuya sanidad han requerido de tratamiento médico, estas personas presentaron numerosas denuncias ante el Ayuntamiento y la Policía Local. De hecho, por auto del 23 de mayo de 2010 dictado por un juzgado de Valverde se acordó como medida cautelar le cierre del establecimiento.
De la documental aportada a los autos así como de las manifestaciones de los condenados y testigos, se acredita que a partir de marzo de 2008 se abrió este pub, así como que los condenados firmaron un contrato en el que se establecía que el inmueble arrendado sería destinado a la actividad de bar restaurante, reconociendo estos que lo que abrieron era un pub de copas con música.
De las pruebas practicadas queda asimismo acreditado que en el transcurso de la actividad del citado establecimiento, los vecinos, y en concreto los denunciantes, efectuaron numerosas quejas, cuyo objeto era el excesivo ruido que tenían que soportar durante la noche por la actividad del pub, a la Policía Local, al Ayuntamiento y a la Consejería de Medio Ambiente, la cual, ante la inactividad del Ayuntamiento efectuó una primera medición en julio y agosto de 2008, siendo esta desfavorable, al igual que las siguientes que se realizaron.
A su vez, de las periciales practicadas en el acto del juicio se acredita de manera objetiva que el dormitorio de los perjudicados colinda con el pub y el mismo sufría un índice de ruidos superior a lo establecido por la legislación vigente en el momento.
Por último queda asimismo aprobado que estas emisiones de ruidos prolongadas en el tiempo que tuvieron que soportar estas dos personas provocaron un riesgo grave para su salud, llegando a provocar lesiones psíquicas objetivables según consta en la documental médica, constatándose que ambos perjudicados sufrieron un trastorno adaptativo mixto afirmando con rotundidad la médico forense en el acto del juicio que existía una relación de causalidad entre el cuadro clínico presentado por los pacientes y su exposición prolongada al ruido. No osbtante, la sentencia no es firme y cabe recurso.
Por su parte, el Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito medioambiental, de contaminación acústica, y solicitó para los acusados tres años y nueve meses de prisión, más una multa de casi 7.000 euros para cada uno, así como una indemnización de 10.000 para cada afectado. (volver a página principal)
ESTA SENTENCIA ES EJEMPLAR
ResponderEliminarLOS QUE CONTAMINEN QUE PAGUEN.
AHORA BIEN,LOS QUE ARRUINARON
VALVERDE Y ENDEUDARON CON
LA FRIOLERA DE 54 MILLONES
DE EUROS A ESTAS PERSONAS,
POR CONTAMINACION ECONOMICA
QUE LES PASARA.
POSIBLEMENTE NADA,DE NUEVO SE
VE QUE LA JUSTICIA NO ES IGUAL
PARA TODOS Y TODAS.
Los que alguna vez hemos tenido problemas con el ruido nocturno por parte de bares que no respetan ninguna normativa al respecto, nos alegramos de que estas personas hayan sido condenadas. A hacer ruido en donde esté preparado para hacerlo.
ResponderEliminarSi los ayuntamientos no hicieran dejación de funciones por quedar bien con todos, seguramente no se producirían estas situaciones.
ResponderEliminarDEJACION DE FUNCIONES CUANDO LES CONVIENE, SOBRETODO SI EL DENUNCIADO ES UN CONCEJAL O UN MIEMBRO DEL PARTIDO EN EL PODER.
EliminarEse es el tema, dejadez de funciones. Puede llegar a ser prevaricación. Y eso es lo que hacia Miguel Ángel y compañía, y lo que hace ahora Loles López y compañía.
EliminarEn Valverde hay ciudadanos de primera y de segunda, está demostrado.
Y ordenanzas municipales de primera y de segunda.
Los políticos no dejan hacer su trabajo a la Policía local, ni antes, ni ahora.
Tiene que interceder la policía judicial y de ahí estas consecuencias.
Hoy es un día para reflexionar. A dos buenos amigos míos les caen condenas de más de tres años de cárcel por contaminación acústica. Esto es indignante, ví hacer los cálculos e inspección acústica en eso local concreto y todo era correcto, pero de que sirve cumplir con tu aislamiento si los edificios colindantes no lo hacen o su aislamiento ha sido manipulado, inexistente o deficiente, ¿a cuantos de vosotros os inspeccionaron vuestra casa una vez terminada la obra?, ¿quién vigila que los aislamientos se coloquen adecuadamente?. También ocurre que finalizando las obras ya casi sin dinero se opta por poner ventanas y puertas más baratas que no cumplen con el aislamiento térmico/acústico que calculó inicialmente el arquitecto.
ResponderEliminarEn el cálculo de ruidos se suman los aislamientos y el material absorbente desde el emisor al receptor, nunca existe un único culpable. Si el emisor no cumple con su aislamiento Diputación impide la licencia de actividad, pero si el vecino o receptor incumple su aislamiento no lo inspecciona nadie y toda culpa pasa a ser del emisor. Hasta tal punto es, que en la mayoría de los casos se mide el ruido en la habitación del vecino y si hubiera que ampliar el aislamiento se realizaría exclusivamente en el local emisor, aunque las paredes del vecino sean de cartón o inexistentes porque aprovechen la medianía y solo bastaría que eso ocurriera en un solo trozo de pared, despensa, patio….
Claro está que siendo el local más solvente económicamente de los tres, incluido discoteca, que compartían los apenas treinta metros que los separaban uno de otro, es el más apetitoso para sacarles algo de dinero.
Anda… haber a quien se le ocurre hoy día montar nada.
TIENE COJONES¡ BARCENAS E IÑAKI EN LA CALLE.VIVA ESPAÑA¡UN ABRAZO Y MUCHO ANIMO PARA LOS IMPLICADOS.AUXI FLEMING
ResponderEliminarY Griñán, que se te olvida y ese ha repartido más de 1000 millones de euros entre amigotes.
EliminarLA JUSTICIA EN ESPAÑA ES IGUAL PARA TODOS. MENOSMAL
ResponderEliminarque vergüenza de justicia , después urdangarin,pantoja ,julian muñoz le piden poca condena y no van a la cárcel,que asco y aestos pobres siiii
ResponderEliminarQue estos personajes que nombras no vayan a la cárcel, no exime a otros de saltarse la ley, como ha sido este caso sobre los ruidos.
ResponderEliminarESTA CLARO QUE EN VALVERDE DEL CAMINO SOLO MIRAMOS JILIPOYESES,ESTE QUIEN ESTE GOBERNANDO EN VALVERDE NI DIOS MIRA PARA LAS EMPRESAS QUE ESTAN SERRANDO AQUI,NOS QUEDAMOS SIN EMPRESAS DEL MUEBLE Y DEL CALZADO NO NOS APOYAN EN NADA CON NINGUNA SUBENCION PARA FOMENTAR EL EMPLEO,VAMOS A LA PUÑETERA RUINA NO TENIAMOS QUE VOTAR PARA LAS PROXIMAS ELECIONES A NADIE NI EN VALVERDE NI PARA EL GOBIERNO.
ResponderEliminarMucho despotricar contra el funcionariado, y después queriendo trincar subvenciones y chupar de la teta pública. A ver si te aclaras.
EliminarACASO PRETENDES VIVIR TODO EL TIEMPO DE AYUDAS Y SUBVENCIONES? CREES QUE ESA ES LA SOLUCION?
EliminarDespues de leer todos los comentarios sigo pensando que tenemos lo que nos merecemos
ResponderEliminarYo También
EliminarTE LO MERECERAS TU PORQUE,YO ASPIRO
EliminarA UNA SOCIEDAD MAS JUSTA,ASPIRO A UNA
SOCIEDAD MAS COMPROMETIDA Y,A RECUPERAR VALORES QUE FUERON DILAPIDADOS,NO SE PUEDE TIRAR LA TOALLA AL PRIMER GOLPE,
HAY QUE RESISTIR PARA DEJAR A NUESTROS
HIJOS Y GENERACIONES VENIDERAS UNA SOCIEDAD MAS JUSTA Y ESO ES TAREA DE TODOS Y TODAS.
La verdad que desde hace muchos años el ayuntamiento ha dejado hacer a ciertos bares o señores de valverde lo que han querido. No han cumplido la normativa de hora de cierre, tenian licencia de restaurante sin música y tenían la música como una discoteca hasta altas horas de la mañana. El descanso de las personas está por encima de ganar dinero a costa de la salud de los demás. En valverde existe otra sentencia del juzgado del año pasado con el bar del parque (la casona de montearoma-el rebujo-el parque.la espiga de oro) condenándolo a cerrar hasta que no solucione el problema del aislamiento. El ayuntamiento también miró durante años para otro lado hasta que los vecinos tuvieron que ir al juzgado que les dió la razón por eso está cerrado. La salud y el descanso está antes que nada.
ResponderEliminar"El ayuntamiento miró para otro lado", tienes toda la razón. Será lo normal porque el PSOE miró para otro lado por quien sabemos y el PP ahora también mira para otro lado, despues el que denuncia y tiene la razón es el malo de la película.
EliminarTanto PP ahora como PSOE antes, gobiernan en un clima de dejadez de funciones en este tema, solo por cuestiones electorales.
Loles=Miguel Ángel PP=PSOE
Hombre, comparar a Loles con Miguel diciendo que son iguales, es pasarse tres pueblos. Aprende matemáticas. Con la tarjeta visa de aquel con cargo a todos nosotros puedes hacer muchas cuentas para que mejores tus cálculos
EliminarPor lo que dice la sentencia, los denunciantes pusieron en conocimiento de los dueños del pub la situación y estos no hicieron nada. Si un vecino te da quejas repetidas de que le estás molestando, lo más sensato y razonable es hacer caso a esas quejas y averiguar si realmente son justificadas, simplemente por civismo.
ResponderEliminarEvidentemente, cualquiera de nosotros que nos veamos perjudicados por una fuente de ruido nos defenderemos a capa y espada. Y el que diga lo contrario, que ponga su mano en el fuego.
Si los denunciados hicieron caso omiso de las quejas, por el motivo que fuese, obviamente tendrán que atenerse ahora a las consecuencias.
Y una sentencia basada en pruebas periciales y objetivas tiene bastante fundamento.